• Viernes 4 de enero de 2008 | San Luis, República Argentina

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AUMENTA EL GAS ENVASADO

El Gobierno subió un 15% las garrafas

 

Los usuarios dicen que el aumento será del 30%.

 

El Gobierno fijó ayer nuevos precios de referencia para el gas licuado en garrafas de hasta 45 kilos que regirán hasta el 31 de marzo, con valores diferenciales según la zona del país. Y luego de esa fecha se evaluaría aplicar un “nuevo precio”.

El valor referencial sufrió un incremento del 15%, y se despegó de los 17 pesos que tenía hasta ahora para el envase de 10 kilos. Ahora éste pasará a tener un “valor testigo” de entre 19,80 y 20,90 pesos.

La medida la oficializó la Secretaría de Energía, y prevé distintos mecanismos para garantizar el abastecimiento.

Estos nuevos precios se publicaron ayer en la resolución 1837/07 de la Secretaría que maneja Daniel Cameron.

Las asociaciones ya mostraron su enojo por la suba de consumidores advirtieron que el aumento de las garrafas llega hasta el 30% y consideraron que el incremento es “abusivo”.

Desde el Centro de Educación al Consumidor (CEC), su presidenta Susana Andrada aseguró que “la mitad de la población argentina vive de garrafas por lo que el aumento es abusivo”.

“No estamos de acuerdo en absoluto con el aumento que se aplicó, menos aún tratándose de algo tan sensible como es el gas”, destacó Andrada.

Desde la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina (ADECUA), Osvaldo Riopedre, precisó: “En la medida que no esté justificado el aumento, vamos a pedir que se revea lo aplicado”.

Andrada adelantó que estudian pedir al Gobierno que “reevalúe” la suba y confirmó que es sus cálculos “el aumento llega hasta el 30%”.

Riopedre informó que “aún no hay denuncias por parte de los consumidores”, pero aclaró que esperan que sean las provincias del noroeste “las que más se quejen”.

Los precios fijados, indica la norma de la Secretaría de Energía de la Nación, sólo serán aplicables a los distribuidores de envases debidamente inscriptos en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de petróleo (RNIGLP), creado en abril de 2003.

Dicha cartera decidió fijar estos nuevos precios de manera transitoria, hasta tanto se pueda realizar una “evaluación adecuada de la información sobre aumentos de costos en el rubro”.

En la resolución se indicó que las Cámaras que representan al sector pidieron a la Secretaría de Energía un reajuste de los precios de referencia vigentes, considerando que los costos de la actividad “aumentaron en forma significativa”.

La resolución estableció que “los precios de referencia del GLP a granel destinados exclusivamente a fraccionadores, para el período estival, no podrán superar el precio promedio ponderado por tonelada que haya abonado cada fraccionador por sus operaciones de compra de producto en los últimos doce meses”.

“Resulta necesario adoptar medidas urgentes para regularizar la situación de clandestinidad que se verifica en el sector de distribución de GLP, asegurando que las compañías infractoras tengan incentivos para normalizar la situación irregular en la que operan, y adopten resguardos para garantizar la seguridad pública”, puntualizó la resolución.

“Para garantizar la disponibilidad de producto en el mercado interno las firmas productoras abastecerán anticipadamente hasta la totalidad del volumen de producto conforme lo demanden las fraccionadoras”, expresó la Energía mediante la resolución.

Y agregó que la entrega se hará “en tanto y en cuanto esas solicitudes no constituyan un aumento desproporcionado respecto a la demanda habitual”.

 

en detalle

Los nuevos valores

 

• Para la denominada Zona I (Noroeste y Centro del país) el precio de la garrafa de 10 kilos al usuario final fue fijado en 19,80 pesos, la de 15 kilos en 29,70 y el tubo de 45 kilos en 106 pesos.

• En la Zona II (Noreste del país), la garrafa de 10 kilos fue valuada en 20,90, el envase de 15 kilos en 31,30 y el tubo de 45 kilos en 111 pesos.

• En la Zona III (sur del país), los precios de referencia constituirán el ingreso máximo por envase que podrán percibir los fraccionadores que operan en estas provincias en las que rige el subsidio establecido por la Ley Nº 25.565.

• Todos estos precios al usuario final son “en mostrador”. Puede haber un costo adicional en el caso de entrega domiciliaria.

• Tampoco incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que para las garrafas es del 10,5%.